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El Peahis sufre 36 modificaciones 32 meses después de su aprobación

El Plan Especial de las Áreas Históricas (Peahis) sufrirá de una sola tacada 36 modificaciones puntuales con el fin de “mejorar la eficacia de este instrumento urbanístico” que tardó 12 años en redactarse y lleva aprobado algo más de dos años y medio con el objetivo de ordenar y proteger urbanística y culturalmente el área central de la ciudad y las áreas relevantes exteriores. Según justifican desde el Gobierno municipal, “se ha comprobado la necesidad de redactar modificaciones puntuales de algunas de las determinaciones de ordenación detallada contenidas en el Plan, para el mejor cumplimiento de sus objetivos”.

La iniciativa, que ha recibido aprobación inicial este martes, incluye once modificaciones de ordenación detallada en Áreas de Ordenación Específica, Actuaciones Aisladas o Unidades de Actuación, nueve más que se refieren a modificaciones de ordenación detallada fuera de esos ámbitos, otras dos de modificaciones en los catálogos Arquitectónico y de Fachadas Protegidas, respectivamente, mientras que las trece restantes afectan a aspectos puntuales de la Normativa del Plan Especial. Por último, una más afecta al Anexo 2 de la Memoria Vinculante “Incrementos de Edificabilidad y del Número de Viviendas en el Peahis”.

Entre otras actuaciones, las modificaciones más relevantes se refieren al talud del Salón para permitir la construcción de un ascensor entre la calle de San Millán con el Paseo del Salón. Esta modificación se acompaña del informe relativo a la evaluación de impacto en el patrimonio de esta infraestructura que indica que es necesario adecuar la normativa urbanística para su ejecución. La planificación de este remonte mecánico no afecta a la previsión de un aparcamiento soterrado del Paseo de Los Tilos.

Uso de conventos y nuevos viarios

En cuanto al uso de monasterios y conventos, dado que hay varios casos en nuestra ciudad que han sido objeto del traslado de las comunidades religiosas que los ocupaban, se modifica la catalogación de uso exclusivo como equipamientos religiosos y se permite implantar otro tipo de equipamientos como culturales, sanitarios o asistenciales además del uso terciario hotelero. Este cambio de uso estará condicionado a un estudio en el que se garantice la conservación de los valores patrimoniales de estos edificios.

Siempre según las explicaciones de la responsable política de Urbanismo, las modificaciones de las áreas de ordenación y de la ordenación detallada se remiten fundamentalmente a la definición de pequeños ajustes para encajar mejor la edificabilidad ya reconocida en el Peahis. Algunas han sido solicitadas por los propietarios de estas parcelas y en otros casos son errores detectados en el documento. Una de ellas es la derivada del convenio urbanístico que afecta a la manzana situada en la calle Ortiz de Paz y la calle de la Plata por el que se ceden espacios de la parcela privada para pasar a viario público para permitir el paso de vehículos de emergencias al interior de manzana, donde hay un edificio residencial sin salida a vía pública.

La ordenación se modifica en área específica  “Santo Tomás” donde se incluye un nuevo viario que comunica el paseo Ezequiel González con el calle santo Tomás para permitir el acceso a los vehículos de emergencias a la nueva manzana de viviendas prevista en la parcela ocupada por el edificio conocido como “Villa Estrella”.

Villa Estrella.

Después de más de dos años de desarrollo del documento, se han detectado estas discrepancias en el criterio de interpretación y lo que vienen a realizar estas modificaciones es a aclarar las dudas surgidas. También la normativa se ha adaptado para permitir la instalación de paneles solares en entornos del Peahis ajenos a entornos declarados BIC y siempre que no se vean desde la vía pública.

Por último el documento urbanístico se adapta a dos sentencias judiciales, la primera de ellas en la plaza Cirilo Rodríguez 2, donde se reconoce una edificación existente destinada a garaje que el Peahis no reflejaba y, la segunda de ellas es relativa al fondo máximo del edifico de la calle San Antón 7, donde manteniendo la edificabilidad reconocida en el Plan, se permite mayor fondo de lo marcado inicialmente.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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1 Comment

  1. Y lo que te rondaré morena. Ya sabemos que Segovia necesita al menis 20 años para cualquier proyecto (el que sea) y sus correspondientes parches posteriores 😉

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