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El juzgado archiva la querella contra los dueños de la casa de los Buitrago

Los propietarios de la casa de los Buitrago, enclavada en el marco declarado Bien de Interés Cultural (BIC) de la plaza de Santa Eulalia, actuaron de acuerdo a las órdenes del Ayuntamiento y la Junta de Castilla y León para la conservación de los restos del inmueble “limitándose a ejecutar las obras para las que habían sido autorizados” por ambas administraciones y tampoco cabe imputarles cargos penales por “daños por imprudencia” sobre el edificio, de acuerdo con el auto dictado el 12 de abril por el Juzgado número 6 de Segovia ordenando el archivo de la querella que el Ayuntamiento presentó contra los dueños del inmueble en enero pasado.

La disposición del juez, contra la que cabe recurso, desestima la vía penal para el conflicto que mantiene el Ayuntamiento contra el propietario por la conservación de los restos del palacete y lo enmarca en “el ámbito administrativo sancionador”.

En Urbanismo creen que los dueños del que es una de las pocas muestras de arquitectura para la nobleza de los siglos XV y XVI han permitido e incluso ayudado al deterioro del edificio y, además de tratar de forzar su protección y conservación por la vía administrativa, acudieron al juzgado para presentar una querella, una decisión que fue duramente criticada en su momento por el portavoz de Centrados en Segovia en el Ayuntamiento, Cosme Aranguren por lo “inédito” de una situación en la que la administración local se querella contra un particular. El portavoz advirtió además en sesión plenaria que, según el expediente, los propietarios habían cumplido fielmente los requerimientos del Ayuntamiento permitidos además por la comisión territorial de Patrimonio, en coincidencia con la argumentación del juez en el auto.

No obstante, en la misma sesión, el concejal de Urbanismo, Alfonso Reguera, se apoyó en los informes de los servicios jurídicos municipales y una asesoría externa que animaron a la presentación de la denuncia penal, sin embargo equivocados a ojos del juez, que no encuentra indicios penales por no estar “debidamente justificada la perpetración del delito”.

La propiedad cumplió las ordenes.

“Resulta que las actuaciones de los querellados —el propietario, Juan de Miguel y el arquitecto, Luis Llorente— realizados en el inmueble sito en la plaza de Santa Eulalia, 7 han sido consecuencia de las ordenes de ejecución acordadas por el Ayuntamiento de Segovia”, se lee en los fundamentos de derecho donde se recuerda el decreto de Alcaldía de junio de 2015 que ordenaba “la demolición de la cubierta de teja, los entramados de madera de la cubierta y los forjados de madera en su integridad”, mientras una resolución del delegado territorial de la Junta aprobaba “la ejecución de nuevas cubiertas, forjados, entramados y cualquier otro elemento arruinado con las mismas características iniciales”.

Tras las propuestas del arquitecto de la propiedad, la comisión territorial de patrimonio informó favorablemente en enero pasado —al tiempo que se presentaba la querella— como propuesta para la conservación de los elementos originarios el mantenimiento de la fachada principal y la de la calle de San Antón, así como la reconstrucción de la planta segunda “diferenciándola claramente de las inferiores mediante la colocación de una imposta” y una disposición de huecos “que recuerde a la galería que se incorporó al edificio en el siglo XVII y XVIII”. Insiste el juez que “de todo ello se desprende que los querellados se han limitado a ejecutar las obras para las que habían sido autorizados”.

También se desestima la demanda por “daños por imprudencia” ya que en el auto se subraya que “no adoptar las medidas precisas para la conservación del inmueble por parte de sus propietarios no equivale a causar daño” y añade que “tal conducta por parte de los propietarios de los bienes inmuebles está limitada al ámbito administrativo sancionador”, la otra vía que tiene abierta el Consistorio, que podrá recuperarla de forma inmediata con el cierre de la vía penal que ordena el juzgado número 6, aunque el Gobierno local no ha aclarado aún si prolongará el proceso presentando recurso a la disposición del auto.

Por otra parte, cuando ya estaba iniciada la vía judicial, la propiedad presentó un documento, “Proyecto de Demolición de Edificio con conservación parcial de fachadas”, muy alejado del planteamiento municipal para la protección del inmueble por lo que el Ayuntamiento lo rechazó e instó al propietario a presentar un nuevo proyecto de consolidación y refuerzo del edificio.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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2 Comments

  1. Otro éxito en la gestión de Clara Luquero y Reguera.

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  2. Ahora posiblemente les pondrán una multa a los propietarios, que será recurrirá en el juzgado, y posteriormente anulada por el mismo.
    Da pena !!!
    Les tenían que exigir responsabilidades penales en el juzgado por la mala gestión que están haciendo del dinero de los segovianos. Estamos pagando sentencias millonarias por su mala gestión !!!!

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