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Sentencia al fraude en la Seguridad Social segoviana: 37 condenados y un absuelto

A los 15 días de cerrado el macrojuicio por fraude a la Seguridad Social, el juzgado de los penal de Segovia fallaba condenando a 37 de los 38 acusados. Entre ellos, al cabecilla de la trama, Héctor MP, de nacionalidad española y administrador de Subcontratas y Obras Doble JH, radicada en Segovia, que entre 2009 y 2012 desarrolló una trama consistente en elaborar contratos falsos a trabajadores extranjeros para que pudiera regularizar su situación en España o percibir prestaciones de la Seguridad Social. El condenado inventaba contratos que no respondían a ninguna contraprestación laboral y, además, tampoco pagaba las cuotas resultantes a la Seguridad Social, por lo que llegó a acumular una deuda de 569.120€.

El juez estima que Héctor MP es culpable de un delito de falsedad continuada en documento oficial, por lo que le condena a once meses de cárcel y otros seis meses de multa (1080€). Igualmente le condena por un segundo delito de estafa a la Seguridad Social, defraudación, a otros 18 meses de cárcel y multa de 170.847€. En total, pues, 29 meses de cárcel en sentencia firme.

La gran cantidad de acusados obligó a desarrollar el juicio en la sede del INSS.

Además del cabeza de la trama, 30 de los 38 acusados se avinieron a la pena pedida por fiscalía y se reconocieron culpables. Aplicado el atenuante de dilación, les queda una pena de tres meses de cárcel (que solo cumplirán en el caso de disponer de antecedentes) y tres meses de multa a razón de 3 euros diarios, o sea 270€. Eso sí, deberán reintegrar en su caso (la mayoría lo han hecho ya) las cantidades percibidas ilícitamente en concepto de prestaciones sociales.

Lo mismo, más un mes extra de pena, o sea cuatro meses, para los otros cinco acusados de beneficiarse de la trama. El juez considera probado que todos de un modo u otro sabían que estaban cometiendo fraude y que así lo prueba tanto la inspección de Trabajo como el ingente trabajo documental realizado por la Guardia Civil.

La sentencia absuelve, en cambio,  a A.Y, de nacionalidad magrebí, que según la fiscalía colobaró con H.T. para facilitar el contacto con el empresario y que, a cambio de 2.255€, suscribiera otro contrato falso que facilitara la reagrupación familiar de una de las acusadas. El juez entiende que efectivamente H.T sí colaboró en esta subtrama pero no así A.Y, que queda absuelto pues la única prueba radicaba en la declaración de una acusada sin que obrara prueba documental alguna que sustentara el cargo.

Delaciones indebidas, por 7 años de retraso

Todos los condenados han visto aliviada su pena por el atenuante de “delación indebida muy cualificada“, es decir, retraso judicial. Y es que entre el inicio del procedimiento en 2012, hasta el juicio celebrado el 20 de enero, transcurrieron siete años, “periodo de tiempo excesivamente largo, aunque se deba a la complejidad que supone celebrar un juicio con tan elevado número de acusados”, dice la sentencia. Un atenuante “muy cualificado” supone rebajar al mínimo grado la pena impuesta. Igualmente, en algunos casos se ha apreciado “atenuante analógica” a la precaria situación en que se encontraban los acusados cuando cometieron los hechos, “con escaso conocimiento del idioma y sin apenas recursos económicos“.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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2 Comments

  1. Que barato es delinquir en España, que país de pandereta somos. No me extraña que para Europa seamos el norte de África. Y mientras los demagogos en casoplones o la Moncloa

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  2. Guardia Civil trabajando para esto, es incomprensible.
    No sería mejor calificarlo como infracción administrativa.
    Se descubre la infracción, se inicia expediente y se sanciona económicamente, si corresponde y se evitan estas macrocausas que el juzgado esta atascado de ellas.

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