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La Justicia frena al Ayuntamiento por reincorporar a un agente al turno de noche tras el alta

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Segovia ha estimado el recurso presentado por el Sindicato de Policías Municipales de Castilla y León y ha declarado no ajustada a derecho la decisión del Ayuntamiento de Segovia de obligar a un agente a incorporarse a su turno de noche el mismo día en que recibió el alta médica tras una baja laboral.

La sentencia, dictada el 26 de enero de 2026, analiza el caso de un agente del turno nocturno (VIR Noche) que, tras recibir el alta médica el 13 de marzo de 2025, fue requerido para iniciar su servicio esa misma noche, a partir de las 00:00 horas del día siguiente. El Ayuntamiento defendía que la normativa permitía esa reincorporación inmediata, mientras que el sindicato sostenía que el alta médica obliga a volver al trabajo al día siguiente y en igualdad de condiciones para todos los turnos.

El juez considera que la interpretación aplicada por el Ayuntamiento vulnera el principio de igualdad, ya que trataba de forma distinta a los agentes del turno de noche respecto a los de mañana y tarde. Según recoge la resolución, el alta médica “obliga a la reincorporación al día siguiente de su emisión”, con independencia del turno que se desempeñe, y no puede aplicarse un criterio distinto solo a un grupo concreto de trabajadores.

Además, la sentencia aprecia desviación de poder en la actuación municipal. En un lenguaje más sencillo, el juez entiende que el cambio de criterio no se hizo para mejorar la organización del servicio ni para aplicar correctamente la ley, sino en el contexto de un conflicto laboral abierto entre el Ayuntamiento y la Policía Local. La resolución señala que la medida servía más como elemento de presión en la negociación que como una aplicación neutral de la normativa.

El fallo reconoce el derecho del agente a que no se le exigiera trabajar ese turno de noche tras el alta y establece que el periodo comprendido entre las 22:30 horas del 13 de marzo y las 7:30 del día 14 debe computarse correctamente dentro de su jornada laboral. Asimismo, condena al Ayuntamiento de Segovia al pago de las costas judiciales, con un máximo de 600 euros más IVA.

Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos.


Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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7 Comments

  1. Madre mia. Condenado por DESVIACION DE PODER. Pero que se han creído los que obligaron a este agente. El sr Alcalde tiene que estar muy orgulloso de su concejal de seguridad y de la concejal de personal. Como hipótesis sólo querrian
    influir en un conflicto laboral, querrian
    enviar un mensaje de fuerza y como no empeorar las condiciones individuales como herramienta de presión.

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    • Si eres licenciado/graduado en Derecho y ejerces como abogado, búscate otra profesión. ¿Pero en qué parte se dice que el ayuntamiento ha sido CONDENADO por DESVIACIÓN DE PODER? Anda, lee la noticia, que parece que no te has enterado.

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      • “cambio de criterio no se hizo para mejorar la organización del servicio ni para aplicar correctamente la ley”…

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  2. En que siglo vivimos?

    Me gustaría saber quién es el lumbreras que ordenó y firmó, la imagino, orden de incorporación o bajo consejo de quién lo hizo.
    Varias cositas:
    -Hay que informarse, no se puede interpretar la norma a interés propio.
    -Hay qué pensar en las “personas” y sus necesidades y no solo en el trabajador y las necesidades del servicio o es que tenéis el enemigo en casa?
    -Quien paga ahora la incertidumbre de un trabajador,que hasta el día de la fecha ha vivido preocupado injustamente.
    -Porque no tenga ganas,el afectado, pero sería para llevar a la justicia a quien quiso obligar la reincorporación, a sabiendas, y sufriera en sus carnes el desazón que produce estar en el punto de mira.
    -La condena a costas,las debiera pagar quien ordenó la tropelía.
    Y por último y la principal sobre todas, es que el afectado debiera recibir una disculpa,”porque por encima de todo están las personas “.

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  3. Supongo que el agente de policía tendrá un jefe superior que le pareció bien que esa persona se incorporara al trabajo. ¿ese jefe no tiene responsabilidad sobre sus agentes o no pinta nada como jefe?

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  4. Un saludo para todos aquellos, cuya queja es pagar el sueldo de funcionarios municipales con sus impuestos. Ahora, además de su sueldo, tendrán que pagar las sentencias desfavorables de su ayuntamiento.

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    • Cierto. La verdad es que hay mucha envidia insana hacia los funcionarios. Pues ahí están las oposiciones, el que tenga huevos que se las prepare con el esfuerzo inmenso que eso supone y que deje de quejarse.
      Preparar una oposición son miles de horas de trabajo que no cobras ni sabes si te van a valer para algo porque nadie te garantiza que vayas a aprobar.
      Venga el que tenga envidia de los policías, profesores, médicos y demás ya sabe lo que tiene que hacer: no quejarse y prepararse la oposición con un par de… narices.

      Y el que no valga para ello y tenga envidia ya sabe: A Parla a ….

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