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El TSJ desestima el recurso de IU sobre la Diputación

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha fallado en contra del recurso de IU sobre el recuento electoral en la provincia y mantiene el reparto actual de diputados de acuerdo con el acta de la Junta Electoral de Zona de Segovia que consideró marcas electorales diferentes las de IU, con las que concurrió en el partido judicial de Segovia excepto el Espinar, donde la lista presentada lo era bajo las siglas IU-UP. (El texto íntegro de la sentencia puede verse aquí)

Para los jueces “la conclusión es clara y diáfana: las Juntas electorales, tanto de la Zona como de la Provincia, aciertan al no sumar los votos obtenidos por “Izquierda Unida Unidad Popular en el municipio de el Espinar, con los obtenidos por Izquierda Unida en el resto del Partido Judicial de la Zona de Segovia”, e incluso se llega a interpretar que IU habría tratado de “inducir claramente al error de los electores” con la fórmula elegida para presentarse en el partido judicial de Segovia y en el Espinar.

De este modo y a expensas del posible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC), el hemiciclo de la Diputación provincial permanece sin alteraciones y con tres formaciones representadas: el PP de Miguel Ángel de Vicente, investido presidente hace una semana, en mayoría absoluta, de trece diputados; el de PSOE, con diez representantes y Ciudadanos, con dos diputados.

Aunque en los fundamentos del auto se señala que es “admisible que una coalición electoral adopte una denominación y/o sombología específica para distintos distritos electorales, como puede ser para un municipio, pero en ningún caso se puede eliminar la referencia a una denominación común” algo que se considera “esencial para que proceda la suma de votos pues en otro caso debe considerarse que nos encontramos ante formaciones políticas distintas” e insiste en que “Nos encontramos con que en la papeleta de Segovia no se hace referencia alguna a la denominación común de la coalición” y proclama en consecuencia que “Ha acertado plenamente la Junta Electoral al no sumar conjuntamente los votos conseguidos (…) pues nos encontramos ante una coalición que se presenta en el municipio de el Espinar y un partido político (Izquierda Unida) que se presenta en el Partido Judicial de la Zona de Segovia excepto en el municipio de el Espinar.

En esta parte del argumentario judicial se insiste en que “es indudable que la denominación común no tiene que comprender necesariamente todos los elementos indicativos de la coalición, pero sí los imprescindibles para que el votante pueda tener perfecto conocimiento de que realmente se presenta una coalición y no otra u otra formación política; sepa con seguridad a quien vota”, remarcando al tiempo que “no es admisible considerar como una misma coalición aquella que se presenta en una circunscripción con una denominación y en otra circunscripción electoral se presenta sólo y exclusivamente con la denominación de un de los partidos políticos que forman la coalición, por mucho que no se hayan presentado ambas formaciones en el mismo distrito electoral”.

“Falta de claridad en IU”

También desmonta el TSJ el argumento de IU sobre la “indefensión” que supone que la Junta Electoral de Zona no comunicara ninguna incidencia cuando registró sus marcas electorales y luego “separar” los votos en el recuento. Es más, da la vuelta al planteamiento afirmando que “Lo único que se aprecia es realmente una falta de claridad en el comportamiento de la coalición (…) pareciendo querer inducir claramente a error, no solo a la Junta electoral, sino también a los votantes, que consideran que quien se presenta es el partido político Izquierda Unida frente a lo que ahora pretende la coalición que consideremos de que quien se presentaba era esa coalición con una denominación específica”. El “repaso” a IU en este sentido termina apuntando que la interpretación del partido es precisamente “lo que se debe considerar como una distorsión del proceso electoral y de su resultado”.

En este recurso estaban o personados también los partidos políticos PP y PSOE que incluyeron diferentes alegaciones en contra y a favor del recurso, respectivamente.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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2 Comments

  1. Deberían DIMITIR el coordinador de IU y los responsables. MENUDO RIDÍCULO, que sigan en las confluencias

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  2. Creo q los responsables de IU o de IU-UP deberían de dimitir inmediatamente .
    Han dejado claro su inoperancia e incompetencia .

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