Hace tiempo que vengo reuniendo algunas noticias sobre los asesinatos y muertes violentas de alcaldes y concejales segovianos -antes de 1812, denominados regidores-. No son pocos esos episodios, por cierto: y hoy quiero compartir con el amable lector uno de ellos.
Una sin duda fría mañana del mes de enero de 1470 -reinaba aún Don Enrique IV, que siendo Príncipe fue Señor de Segovia-, el regidor Gonzalo Rodríguez del Río iba tranquilamente por la calle de Reoyo hacia su casa -que aún se conserva, con sus armerías, en la esquina de la calle Real y la del obispo Gandásegui, frente por frente de la Casa de los Picos-, e iba ‘salvo e seguro e a salva fe, en una mula, en uno con otros Rexidores desa dicha Ciudad, no faziendo nin diziendo mal por do mal e daño debiese rezivir’.
En aquel momento, justo cuando el regidor del Río pasaba ante las casas en que moraba Juan Dávila, casi llegando a las Pescaderías, otro caballero segoviano llamado Juan Lebrón, jinete sobre un buen caballo, se le acercó por detrás y recudiendo contra él, ‘le asestó e le dio una muy gran cuchillada en la cabeza, de que le ronpió el cuero e le sacó mucha sangre, e murió de ello’.
No hay que decir el revuelo que este crimen debió de producir en la ciudad, por más que la Segovia de la época fuese conocidamente turbulenta y hasta violenta. Máxime cuando ambos, victimario y víctima, eran personajes pertenecientes a la élite urbana: el regidor Gonzalo Rodríguez del Río, era hijo de otro regidor Gonzalo Rodríguez del Río, guarda y vasallo del Rey y cabeza de una familia muy distinguida en la ciudad, con casona inmediata a la casa de los Picos y bellísima capilla en la iglesia de San Martín -donde fue enterrado el regidor asesinado-; mientras que el Lebrón era hijo de otro caballero, Garci Lebrón, aposentador del Rey y alférez del Marqués de Villena, maestre de Santiago, que también tenía casas principales en la calle Real y cuya prole fundó otra gran capilla en el monasterio del Parral.
Además, el asesino lo había perpetrado con un agravante muy cualificado, porque, siendo antigua la enemistad entre el desgraciado regidor del Río y el Lebrón, estaban ambos en treguas puestas por el Rey y por su Justicia. Y era bien grave quebrantar treguas puestas por el Rey, una mala acción que se consideraba casi un delito de ‘lesa majestad’, ya que ofendía al propio monarca. Tampoco era agravante menor la alevosía, ya que el atentado se produjo sin avisar y por la espalda de la víctima.
Como era de esperar, la Justicia segoviana, encabezada entonces por el célebre don Andrés Cabrera, futuro Marqués de Moya, y por su alcalde (así se denominaban entonces los jueces de primera instancia civil y de instrucción criminal), el bachiller Nuño González -este sería protagonista de la proclamación de la Princesa Doña Isabel de Castilla, cuatro años más tarde-, se puso en marcha para averiguar las circunstancias del crimen, y para castigar al culpable. Lo hizo por la querella interpuesta por Hernando del Río, hermano de la víctima, que en realidad solicitó al juez la simple entrega del asesino, para poderle matar libremente, conforme al derecho entonces vigente en Castilla.
El alcalde González ordenó al alguacil mayor de Segovia que prendiese el cuerpo del Lebrón y lo metiese en la cárcel pública. Pero mientras tanto, este asesino ya había salido de la ciudad y estaba en paradero desconocido; nunca fue aprehendido -que sepamos-. No obstante, el alguacil mayor fue a buscarle a casa de su padre, Garci Lebrón, y a las casas de otros sus parientes y amigos; y se publicaron en la ciudad varios pregones ‘en el lugar acostumbrado en esta dicha Ciudad, donde los semejantes delinquentes se acostumbran llamar… so el álamo de la plaza pública de San Miguel de la dicha Ciudad‘, emplazando a Lebrón a comparecer ante la Justicia dentro de los treinta días primeros siguientes, personándose en la cárcel. Nunca lo hizo, como declaró el carcelero de la cárcel, Juan de Espinosa. Los pregones se repitieron dos veces más, con la misma falta de resultado; y entonces el acusador, Hernando del Río, denunció la rebeldía y contumacia, y pidió que se prosiguiese el proceso contra el huido Lebrón, a lo que el alcalde accedió luego. Tramitada ya la causa rápidamente, en rebeldía de Lebrón, el alcalde tomó declaración a varios testigos de los hechos, entre ellos, los ‘físicos y cirujanos’ que explicaron la herida mortal sufrida por el regidor.
Y ya el 17 de julio de 1470, el bachiller Nuño González pronunció su sentencia, estando dentro de la cárcel pública de la ciudad, en donde habitualmente se oían, deliberaban y libraban los pleitos, y ante el escribano público Diego López de Cuéllar, declarando al dicho Juan Lebrón ‘aver sido e ser fechor e perpetrador e cometedor del dicho delito, mal oficio e crimen’ del que fue acusado, y por ende
‘que devo condenar e condeno al dicho Juan Lebrón a pena de muerte natural, la qual mando que le sea dada en esta guisa: que sea degollado con un cuchillo de fierro e de acero, atadas las manos, do quier que fuere tomado, tanto que no sea lugar sagrado ni privilegiado, en tal manera que el ánima se le salga e el cuerpo muera naturalmente, e su mal tome, porque a él sea castigo e a los que lo vieren e oieren en exemplo e temor de cometer los semexantes delitos e crímenes…’
Además, el bachiller González le condenó en las costas del proceso, y le declaró enemigo de todos los del Río, dando licencia a estos y a sus parientes hasta el cuarto grado ‘para que puedan ferir e matar al dicho Juan Lebrón, do quiera que pueda ser avido’, libremente y sin recibir pena alguna.
A la postre, todo este desgraciado asunto acabó muy mal para el alevoso Lebrón. Debió de confiarse, pasado algún tiempo, y regresó a Segovia. Y en nuestra ciudad se topó con el regidor Juan del Río, hermano de su víctima de 1470, el cual le mató, le cortó la cabeza, y la paseó puesta en una pica por toda la ciudad, acompañado de su madre y de todos sus parientes.
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