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Condenado por empujar a una mujer trans en Segovia: Sin delito de odio y multa de 600€

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a un hombre a pagar una multa de 600 euros por empujar a una mujer trans en una parada de autobús de la ciudad, en enero de 2025. Al mismo tiempo, ha absuelto a los otros tres acusados del caso por falta de pruebas suficientes.

Los hechos ocurrieron el 27 de enero de 2025 cerca del centro comercial Carrefour. La víctima, identificada como Julia, mujer trans nacida en Segovia, coincidió de forma casual con un hombre al que conocía desde la infancia. Según quedó probado en el juicio, el hombre le insultó y le dio un empujón en el pecho, aunque sin causarle lesiones físicas. Su mujer intervino en el altercado con otra expresión vejatoria hacia Julia.

Unos días después, el 1 de febrero de 2025, se produjo un segundo enfrentamiento durante las fiestas de Santa Águeda en el barrio de Nueva Segovia, en el que estaban implicados el padre y el hermano del agresor del primer incidente. En este segundo caso, la acusación pedía condenas mucho más graves, alegando que los acusados habían realizado gestos obscenos y proferido amenazas. Sin embargo, el tribunal consideró que las pruebas no eran suficientemente sólidas y los absolvió, aplicando el principio de que ante la duda hay que favorecer al acusado.

Un despacho para un juez.

La clave del juicio era si los hechos podían considerarse un delito de odio, que habría supuesto penas de hasta cuatro años de prisión. El tribunal ha concluido que no, porque para condenar por delito de odio hace falta demostrar que la agresión se cometió con una intención clara de atacar a alguien precisamente por su identidad sexual, y en este caso los jueces entendieron que el empujón y los insultos surgieron de un enfrentamiento puntual y casual, no de una animadversión premeditada hacia las personas trans.

La condena final es de 600 euros de multa para el hombre que empujó a Julia, mientras que su mujer y los otros dos acusados quedan absueltos de todos los cargos. La víctima tiene diez días para recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.


Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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