Bankia no acepta el Concurso Voluntario de Acreedores de Segovia 21. En un escrito del pasado 4 de octubre, los representantes de Bankia en el litigio de Segovia 21, presentaban recurso de reposición a la providencia judicial que instaba al banco a, tal como se especificaba en el concurso, levantar las hipotecas que pesan sobre tres fincas de la entidad en Segovia 21.
Es un tema enrevesado y cargado de tecnicismos jurídicos. Básicamente, en noviembre de 2016 Segovia 21 se salvaba de la quiebra y la consecuente subasta de sus bienes logrando la aprobación de un convenio de acreedores que suponía reducir a la mitad la deuda de la entidad, cifrada entonces en 17,8 millones de euros.
La ley concursal da preferencia al cobro a los acreedores ordinarios, entre los que no están los bancos. Estos acreedores son los afectados por impagos, encargos de trabajos realizados o impuestos dejados de pagar, grupo que en el caso de Segovia 21 está integrado por el Ayuntamiento de Palazuelos y otras seis empresas, a los que Segovia 21 debía 1,2 millones de euros. El principal acreedor de este grupo era la anterior empresa administradora, Fomento Territorial, que no estaba por la labor de la quita. Las otras empresas y el consistorio de Palazuelos, en cambio, sí optaron por la quita. Al suponer estos poco más del 50% de la masa adeuda se daba luz verde al convenio. El resto de acreedores, incluida Bankia, principal acreedora como financiera que ha estado detrás del proyecto desde el primer día, quedaban obligados a asumir la quita.
Desde entonces se han presentado dos recursos a esta quita, uno de parte de Fomento Territorial, de mayo de 2017, y en octubre el de Bankia.
Básicamente, los argumentos jurídicos lanzados por Bankia son de carácter procesal, sosteniendo que durante el procedimiento de concurso voluntario el juez pasó por alto trámites que redundan en la indefensión del banco. Así el escrito estima que el banco no fue notificado por el juez de que debería cancelar las hipotecas, ocasionándole una “clara indefensión”, por lo que anuncia un incidente de nulidad de actuaciones.
A juicio de los abogados de Bankia, previa a esa solicitud de cancelación debía resolverse por sentencia otro auto de reposición, el de mayo de 2017 y presentado por Fomento Territorial, por el que se pedía la cancelación de la rendición de cuentas presentada por el administrador concursal. Básicamente, aquel recurso se basa en que entre la fecha de votación del convenio propuesto y aprobado y las cuentas presentadas hay un cuadro económico distinto, habiéndose incrementado entre noviembre de 2016 y marzo de 2017 las deudas de la concursada en dos créditos de 429.000 y 662.555€. En ambos casos son honorarios que Verae, administradora delegada de Segovia 21, imputa a las cargas: en total 1.093.000€ más con lo que la cifra que se debe a la firma administradora queda fijado en 1.452.000€.
Preocupa más el pleito de las casas (mal) vendidas
Fuentes de la Diputación restan importancia a los recursos contra el concurso presentado por Bankia, que sin embargo y caso de prosperar obligarían a repetir todo el tortuoso procedimiento concursal. Preocupan más los cerca de 6,7 millones de euros que se dan por perdidos con la reciente decisión del Supremo de no admitir el recurso de Segovia 21 contra la anulación de la venta de un grupo de casas -las únicas construidas-.
Este es el otro frente de la empresa participada en más de un 90% por la Diputación de Segovia, el pleito interpuesto por los compradores -cuatro de ellos del personas directamente implicadas en la sociedad- de las primeras 16 viviendas sacadas al mercado por la sociedad en 2010. El precio medio de cada vivienda se tasó en 350.000€.
Este pleito se divide en dos, por un lado, un grupo de propietarios que impugnó en el contencioso administrativo la concesión de la licencia de primera ocupación concedida por el Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma. La justicia falló en primera instancia y luego en el TSJ la nulidad de esta licencia, por cuanto no se había completado la urbanización y tampoco estaban legalizados los suministros de agua de abastecimiento y depuración. Este es el que el pasado 2 de diciembre llegaba al final del camino jurídico con la no admisión a trámite del recurso de casación. La licencia de ocupación no era ajustada a derecho.
En paralelo a este pleito, otro grupo de propietarios interpuso pleito de nulidad de la venta. Este es el que se sigue en la audiencia de Segovia y corre en paralelo al primero. En primera instancia, el Juzgado nº 5 de Segovia, absolvió a todos estos compradores de la obligación de comprar las viviendas, obligando a Segovia 21 a devolverles las cantidades que entregaron a cuenta. Apelado por Segovia 21, el asunto ahora reside en la Audiencia Provincial de Segovia. Dado que la legalidad de la licencia era también el principal argumento jurídico, probablemente el juez se remitirá a lo que se fallara en el contencioso, de modo que todo indica que también este segundo pleito se resolverá contra los intereses de la Diputación.
En resumen, 6,7 millones que Verae computaba como ingresos de Segovia 21 desaparecerán de las cuentas. Los propietarios quedarán libres del contrato y posiblemente recuperen las fianzas depositadas. La sociedad recuperará las viviendas, muy a su pesar.
7 diciembre, 2017
Sacara pecho tambien aqui don Francisco Vazquez??? Menuda gestion, menudos abogados, y por supuesto, esto, como lo de Cataluña, lo pagamos entre todos…..a escote. Volvera a afirmar que esto no ha costado un duro a los segovianos???
7 diciembre, 2017
Anda que nos quejabamos de las cantidades que el ayuntamiento de Segovia pierde en todos los juicios pero estos gestores de la Diputacion no se quedan atras biendo las ingentes cantidades y mientras la Junta sin decir ni una palabra ya que como dice llevan arrajatabla el refran no muerdas la mano de aquel que te va ha dar de comer
7 diciembre, 2017
Y la oposición en la Diputación, ¿a qué juega? Es bochornoso el coste económico que está suponiendo esa supuesta salvación de Segovia 21. Van a tener razón los que opinaban que los de antes eran malos pero estos no solo son peores sino que encima se lo están llevando crudo y sin que nadie diga nada.
8 diciembre, 2017
Bankia no ha recurrido el concurso de acreedores, ni tampoco la sentencia de aprobación de convenio que es firme y definitiva. Lo único que ha recurrido es la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, y ya está resuelta con un Auto del propio Juzgado de lo Mercantil que desestima su recurso.
Toda la reducción de la deuda acordada en la junta de acreedores es plenamente válida.
A ver si redactamos las noticias con más exactitud y conociendo de lo que se está hablando
8 diciembre, 2017
Estimado Javier. La documentación sobre la que se basa este artículo refiere a recurso de reposición de 4 de octubre contra providencia judicial de fecha de 27 de septiembre por la que se insta al Registro de la Propiedad a cancelar las cargas constituidas a favor de Bankia sobre tres fincas de la entidad en Segovia 21. Cancelación derivada de la quita de deuda acordada por el convenio de acreedores. Lo que nos da pie a sostener que Bankia, en disconformidad con el acuerdo de acreedores está tomando medidas judiciales para evitar su ejecución. Si esto no es así, y si nos puede facilitar información en sentido contrario o si con posterioridad a esa fecha existen nuevos autos que refuten este planteamiento, con mucho gusto procederemos a reelaborar la información. Muchas gracias.
8 diciembre, 2017
La cuestión es que, según yo lo entiendo, las cosas deben hacerse al revés; es decir, pedir la información antes de publicarla mal. Especialmente cuando el titular resulta ser falso. Como digo, Bankia NO HA RECURRIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES. Algo que con un mínimo de técnica jurídica, debiera saberse cuando la sentencia de aprobación de convenio es FIRME Y DEFINITIVA.,
Con relación a las hipoteca. esta cuestión también ha sido sido resuelta por el Juzgado de lo Mercantil mediante un Auto que accede a la cancelación de todas ellas solicitada por Segovia 21.
Esta información la podíais haber cotejado también en el Registro de la Propiedad correspondiente, donde comprobaréis que la cancelación de todas las hipotecas que pesaban sobre los activos está ya inscrita,
Insisto en la necesidad de que la información que se publica sea rigurosa, especialmente cuando hablamos de una sociedad de la Diputación Provincial, cuyo interés es público y general como lo debiera ser el de todos nosotros.
9 diciembre, 2017
Quedan claras sus precisiones que le agradecemos. Tal como le informamos anteriormente, el auto en cuestión aspiraba a recurrir esas cancelaciones en disconformidad con los mecanismos procesales del acuerdo de quita, que es lo que se sustenta la noticia.
9 diciembre, 2017
Lo que queda claro es que su titular es FALSO Y SENSACIONALISTA, ya que el concurso NO está recurrido.
El “auto en cuestión” no lo han citado siquiera, porque lo ignoraban.
Y lo que debieran hacer es rectificar para no facilitar a sus lectores información sesgada y alarmista,
La responsabilidad de que la prensa sea fidedigna es de todos, y la información como la suya causa perjuicios de todo tipo.
9 diciembre, 2017
Estimado Javier, ciertamente es mucho lo que ignoramos sobre Verae y Segovia 21. Nos ponemos a su entera disposición por si considera oportuno remitirnos información al respecto o actualizar la información aquí publicada. Muchas gracias.
9 diciembre, 2017
Le insisto en que lo que no deben hacer es publicar noticias falsas, sino contrastar la información ANTES de su publicación.
Les haremos llegar pos su conducto oficial nuestra carta solicitándoles la rectificación al amparo de la Ley 2/1984 que supongo conocerán.
Atentamente
17 diciembre, 2017
Menuda pesadilla estamos soportando los segovianos con este tema pero seguiremos viendo como se llenan los bolsillos con nuestros dineros y cuando luego hayan prescrito los delitos saldrá un listo a intentar llevarse unas medallitas ya que en este tema el que no tenga culpa que tire la primera piedra