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Inhabilitación de 8 años para el ex-alcalde de Hontanares, que se libra de la cárcel

Pedro Luis Cuesta, en una movilización vecinal en 2012. Imagen RTCVCyL.

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a ocho años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público al que fuera alcalde de Hontanares de Eresma entre 2003 y 2011 por el PSOE, Pedro Luis Cuesta, al considerarlo culpable de un delito de prevaricación. Idéntica pena para la también acusada y entonces secretaria municipal, María Gema Lucas Serrano, que en este tiempo no podrá desempeñar empleos en la administración ni optar a cargos públicos.

La sentencia sin embargo les absuelve de los delitos más graves de falsificación documental, estafa procesal y malversación, y por los cuales el fiscal pedía cuatro años de cárcel para el ex-alcalde y siete para la secretaria municipal. El fallo no es firme y puede ser recurrido y conlleva un mínimo de pago de costas, 1/6 del importe total.

Básicamente, los hechos se remontan a 2006, cuando Cuesta y De Lucas urdieron una trama para que la entonces secretaria municipal interina accediera a una plaza fija como técnica de urbanismo en el mismo ayuntamiento de Hontanares. Como ha quedado visto durante el juicio, tal provisión de plaza se hizo con plena “conciencia de ilegalidad“, como lo probaría el hecho de que  que en un mismo día se aprobó por “el Pleno la oferta de empleo, convocar el proceso selectivo por el alcalde, elaborar las bases por la secretaria, aprobar las bases y ordenar su publicación en los boletines, y nombrar el tribunal. La firma por el alcalde de todas esas resoluciones con la misma fecha supone una evidencia de que sabía que lo que estaba haciendo no era legal y que se estaba desarrollando un proceso injusto, para otorgar la plaza a quien ellos querían”, señala la sentencia.

Sin embargo, la sentencia absuelve a Cuesta de un delito de malversación, por el que el fiscal le pedía los cuatro años de cárcel y en referencia fundamentalmente a la autorización de un pago de 10.700€ para que la acusada realizase un curso de urbanismo. El juez considera este gasto dentro de la normalidad. También absuelve a ambos de los delitos más graves que les imputaba el fiscal: falsificación de documento público y estafa procesal; en general, dichas manipulaciones o no existieron o pueden ser imputadas a errores; en cualquier caso el juez considera que no hay pruebas suficientes para la condena.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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