free web stats

Los grupos de 25 personas deberán pedir permiso para recorrer el Guadarrama

La declaración del Parque Nacional del Guadarrama data de junio de 2013. Han tenido que pasar más de cuatro años para que la Junta de Castilla y León y la Comunidad de Madrid pacten el Plan Rector de Uso y Gestión, el documento que dice qué se puede y no se puede hacer en el parque. El principal escollo han sido los “usos tradicionales” de la parte segoviana, armonizar el pastoreo, los aprovechamientos forestales así como actividades básicamente agrarias de zonas de cultivo integradas en el parque.

Solventados estos aspectos, los puntos más remarcables afectan al capítulo 3, donde se regulan las actividades de uso público. Es el régimen general de visita, que indica que “toda actividad organizada de paseo, marcha, senderismo, bicicleta o similares que transcurra por terreno forestal y que congregue a más de 25 personas deberá ser comunicada al parque con una antelación mínima de 15 días (art. 43)”.

Ahora bien, estos grupos están condicionados a la diferente tipología de protección de cada zona. Básicamente hay cuatro tipos de zonas, las Zonas de Reserva (ZR), las Zonas de Uso Restringido, las Zonas de Uso Moderado y Zonas de Uso Especial.

Clicar para acceder al interactivo cartográfico.

Para entenderlo mejor es recomendable seguir el mapa (las zonas blancas, a modo de ubicación, son San Ildefonso y la el puerto de Navacerrada). En las ZR (de color morado) simple y llanamente no se puede acceder. Son bolsas pequeñas de suelo aislado en zonas de especial valor ambiental. Las ZUR, a su vez, se dividen en tres tipos, A, B y C, respectivamente, de color verde oscuro, verde, y verde claro.

Grupos y permisos

En las Zonas de Uso Restringido tipo A el tránsito de grupos de más de 15 personas por cualquier vial estará sometido a autorización. En las Zonas de Uso restringido B, el tránsito de grupos de más de 25 personas por cualquier vial estará sometido a autorización; para grupos entre 16 y 25 personas será necesaria declaración responsable. El tránsito será libre para grupos de 15 personas o menos. En las Zonas de Uso Restringido C el tránsito de grupos de más de 50 personas
estará sometido a autorización; el tránsito de grupos entre 26 y 50 personas requerirán declaración responsable. El tránsito será libre para grupos de 25 personas o menos.

En las Zonas de Uso Moderado (que a su vez se subdividen en tres tipos) y Uso Especial es donde está permitida cierta actividad económica, como el pastoreo intensivo, actividad forestal, actividad hotelera que ya estuviera en uso, o el libre acceso de peatones, siempre en función de unas determinadas condiciones.

No más de 7 ciclistas

Por las vías del parque solo podrán circular los vehículos de personas que tengan acceso a fincas de propiedad o detenten derechos de uso. para el acceso a las fincas de propiedad privada. Se habilitan senderos específicos para ciclistas y

caballistas, que en general, solo podrán desplazarse por estos itinerarios. Además, los grupos de más de 7 ciclistas estarán sometidos a diversos niveles de autorización en función de la figura de preservación de cada zona.

También se regula el vivac, o dormir al raso, que solo estará permitido en unas determinadas zonas (ver anexo III, de zonas de escalada y áreas donde se permite la pernocta), y en cualquier caso condicionado a autorización para grupos de más de 10 personas.

Respecto de la movilidad, el documento contempla un programa dirigido a solventar problemas de tráfico, de saturación de zonas y a reducir el uso del vehículo privado, promoviendo el transporte público y colectivo, y reducir la huella de carbono apostando por la utilización de vehículos de bajas o nulas emisiones. En este sentido, se fomenta la visita guiada al parque evitando masificación, apostando por una visita de calidad.

Prohibidos drones y aventar cenizas mortuorias

Pero hay más. El documento establece hasta 22 prohibiciones (art. 36) consideradas incompatibles con el parque. Van desde deslizarse por los neveros , hacer fuego, inscribir señales, actividades deportivas en general, acceso con armas (los militares no podrán hacer maniobras en el parque), pernoctar, o volar drones u otros artefactos teledirigidos. En este sentido, se establece la prohibición de tránsito aéreo por debajo de los 3.000 metros de la superficie del parque, prohibición que, sin embargo, debe ser sancionada por los organismos competentes. En general, se considera incompatible el uso de megafonías, radios, silbatos y bocinas, así como de toda maquinaria o conducta que supere los 50DB. Por último, si su postrer deseo era ser incinerado y sus cenizas ser aventadas por el Peñalara, sepa que los deudos no lo van a poder hacer. Es una actividad prohibida.

A exposición pública

El PRUG permanecerá 45 días hábiles a exposición pública para recoger las alegaciones de entidades públicas así como particulares. Para facilitar este proceso se ha generado una plataforma on line, con 20 días disponibles para subir alegaciones. Desde el consistorio del Real Sitio de San Ildefonso ya se ha colgado la primera, la prolongación hasta Cotos de la línea regular de autobuses (la M-8) para fomentar el uso del transporte público.

Descargar texto completo

 

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

Share This Post On

4 Comments

  1. ¿Alguien conoce un enlace para ver superpuesto en cartografía 1:50000 las zonas de restricción total?

    Post a Reply
    • Tenemos el enlace de la Junta pero sin duda como no salga un material más operativo donde estas zonas no vengan superpuestas al mapa normal, será un carajal saber que zonas quedan afectadas por qué.

      Post a Reply
  2. Pues visto lo visto, más bien parece el “Plan Rectal de No-uso e Indigestión”.
    Que cosas más absurdas, por Dios. Estos terminan poniendo radares contra-ciclistas y cuenta-gentes detrás de un pino.
    Eso si, lo de las cenicas, peligrosísimo. Que vergüenza.

    Post a Reply

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *