El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado lo que se sospechaba: la Junta no podía declarar por su cuenta el toque de queda que decretó el pasado sábado para todo el territorio de Castilla y León porque una medida de ese tipo en el ámbito autonómico exige una ley que posibilite la orden “con las garantías y exigencias de la doctrina constitucional”. Pese a ello, el toque de queda se mantiene vigente, una vez que el Gobierno central dictó el estado de alarma, precisamente para amparar la medida.
La Junta de Castilla y León solicitó el pasado viernes, 23 de octubre, tras decretar el toque de queda nocturno a partir del día siguiente, la ratificación de la medida por el TSJ, sobre cuyo amparo legal se plantearon dudas desde el primer momento. De hecho, no sorprende que el máximo tribunal de la región no ratifique la decisión ya que vulnera el derecho a la libre circulación para toda la población de la región “de forma indiferenciada, a diferencia de lo realizado en las medidas anteriores, entre municipios más o menos afectados por la enfermedad”.
El Superior subraya en este sentido que “no basta con aludir a la situación epidemiológica y sanitaria de la pandemia (…) para decretar una limitación de movimientos” mediante un acuerdo del Gobierno regional.
Como fuere, la medida del toque de queda no sufrirá alteraciones y se mantendrá en los mismos términos que se dictó ya que la declaración del estado de alarma por el Gobierno, en vigor desde las 18.00 horas de este domingo, da cobertura legal a la decisión autonómica, según reconoce también el TSJ.













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