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El Ayuntamiento de Segovia endurece las sanciones por agresiones al Acueducto

Subir al canal del Acueducto o encaramarse al Acueducto de Segovia, entre otras muchas acciones, podrá sancionarse con multas de 3.000 euros una vez que se realicen las modificaciones de la Ordenanza de convivencia ciudadana en la que se ampliará el catálogo de actitudes muy graves y graves respecto a elementos del patrimonio, con especial incidencia en el monumento romano. En la misma norma se advierte que las agresiones al monumento romano serán castigadas con el máximo grado y cuantía económica posibles.

La alcaldesa anuncia el refuerzo de las advertencias de protección al Acueducto.

La modificación de la Ordenanza de convivencia se centrará en media docena de artículos. Así, se incluirán figuras de infracciones muy graves para dar protección a todos los “edificios ubicados dentro del ámbito declarado como “Ciudad Vieja de Segovia y su Acueducto” incluidos en la lista de Patrimonio Mundial de la Unesco. Una pintada o grafiti en cualquiera de ellos será falta muy grave con multa entre 1.500 y 3.000 euros.

Otras modificaciones incluyen en el listado de acciones prohibidas como depositar o arrojar cualquier tipo de objeto o residuo orgánico o inorgánico, o cualquier sustancia líquida sobre los monumentos catalogados, especialmente el Acueducto. Estas serán infracciones muy graves sancionables con hasta 3.000 euros.

También se castigará la introducción de papeles, restos orgánicos, colillas, envoltorios o cualquier tipo de residuo entre los sillares del Acueducto o en su canal. Todas estas acciones se consideran infracciones graves con multas entre 750 y 1.500 euros.

Trepar al Acueducto “costará” 3.000 euros.

Aparece en el artículo 22 de la Ordenanza la prohibición expresa de acceder a la parte alta del Acueducto y a su canal entre el desarenado de San Gabriel y el final del monumento, en el reino amurallado sin autorización municipal que, además, deberá estar claramente justificada. Trepar, encaramarse o descolgarse por el monumento se suman a las faltas muy graves.

Del mismo modo, está totalmente prohibido y enmarcado en las faltas graves depositar, siquiera transitoriamente, material o herramientas de obra o escombros junto al Acueducto, mientras que se aplicará con celo la prohibición en el entorno de monumentos y el Acueducto de jugar a la pelota o con otros instrumentos u objetos, incluidos monopatines o similares.

Adios a la Ordenanza específica del Acueducto

Con la decisión de trasladar todas las medidas de protección contra agresiones al Acueducto en la Ordenanza de convivencia, el Ayuntamiento renuncia a uno de sus compromisos electorales, que pasaba por la redacción de una Ordenanza específica de actos y usos permitidos y prohibidos en relación con el Acueducto, un trabajo que estaba en la cartera de la actual alcaldesa, Clara Martín.

El nuevo criterio se justifica en el deseo de “evitar una proliferación de normas que traten asuntos de similares características”, según explicó la regidora acogiéndose a los principios de buena regulación normativa establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo, de 2015.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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