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Seis meses de cárcel por allanar la casa de su expareja y atacar a su nueva compañera

Una mujer que entró sin permiso en casa de su expareja y agredió allí a la nueva compañera de éste ha sido condenada por la Audiencia provincial a seis meses de prisión y orden de alejamiento de la vivienda y de su expareja durante 18 meses, por un delito de allanamiento de morada. El fallo también condena a la misma mujer por un delito de lesiones a 180 euros de multa y orden de alejamiento de la mujer agredida durante seis meses, además de indemnizarla con 250 euros. Igualmente, por el delito leve de daños se le ha impuesto otra multa de 180 euros más la obligación de pagar los objetos que destrozó durante el suceso juzgado. La condenada se mostró conforme con todas las peticiones que había formulado el fiscal.

Los hechos se remontan al 17 de julio del 2021 cuando la ya condenada se dirigió a una finca en Sanchidrián, del municipio de Otero de Herreros donde está la casa del que había sido su pareja hasta julio de 2019 entrando en la finca por un portón abierto y en la casa a través de la puerta, también abierta, “al ser la costumbre de su propietario” para acceder a la vivienda sin consentimiento y teniendo constancia de la voluntad contraria del hombre por incidentes anteriores.

Según continúa el relato judicial, una vez dentro, subió a la planta superior al tiempo que gritaba “puta, zorra, que te acuestas con todos, qué haces con mi marido” y se dirigió a la mujer quien también residía en esa vivienda desde hacía unos tres meses y que expresamente le indicó que se fuera, a pesar de lo cual, la acusada se mantuvo en la casa manifestando que esa era su casa y el hombre su marido, momento en que la acusada agredió a la mujer agarrándola del pelo y dándole tirones, así como agarrándola con fuerza de las muñecas, ocasionándole un hematoma que no precisó tratamiento médico para su curación y curó en un periodo de 7 días durante los cuales sufrió un perjuicio básico. La agredida consiguió zafarse y se refugió en el cuarto de baño, momento que aprovecho la agresora para romper fotografías, marcos, objetos de decoración, macetas y plantas.

“En el momento de los hechos la acusada presentaba síntomas compatibles con un trastorno adaptativo mixto e ideación de celos derivado de la ruptura sentimental, por lo que, si bien comprendía la ilicitud de los hechos, su voluntad estaba parcialmente afectada”, concluye el relato de hechos probados.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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5 Comments

  1. Una pregunta, ¿Eso no es violencia de genero?

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    • Menuda chorrada. Evidentemente, no. Hay que leer más.

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  2. ¿Si el agresor fuera hombre las penas serían las mismas?

    ¿Aquí no hay violencia de género?

    ¿No hay delito de odio?

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    • A mi me parece que actualmente las respuestas seguramente serían:
      1 – Si el agresor es hombre le piden cadena perpetua
      2 – Si la agresora es mujer nunca lo entienden como violencia de género
      3 – Solo si la agresora es de derechas hay delito de odio

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  3. Y no la indultan? Si eres mujer, ventaja de género y barra libre.

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