free web stats

Segovia solo ha aplicado la revisión a la baja por la ley del “sí es sí” en 1 de 6 casos

Pilar Llop, ministra de Justicia, explicaba en una surrealista entrevista en la Cadena SER que su ministerio no tiene datos de la jurisprudencia abierta por la modificación de los tipos penales por agresión sexual, la llamada ley del “sí  es sí”. Al poco el CGPJ daba instrucciones a todas las audiencias para informar de cómo está siendo el proceso de revisión de penas.

Que  en Segovia afecta a 6 condenados, que presentaron sendos recursos solicitando rebajar sus respectivas penas en consonancia con la ley. Hasta la fecha hay un auto pendiente y se han resuelto 4 casos rechazando el recurso y manteniendo la pena aplicada en su día, por uno en el que sí se ha rebajado, concretamente la dictada el pasado mes de noviembre. Con la nueva ley se rebaja la pena impuesta en su día de 12 años de prisión a 9 años. Actualmente, el penado cumple condena en Rumanía donde consta que está en prisión por otras causas.

En cuanto a los que no, la Audiencia de Segovia adjunta el último auto desestimatorio, fallado en diciembre, que afecta a un condenado también por 12 años que agredió sexualmente a la hija de su pareja en diversas ocasiones contando la menor entre 12 y 13 años cuando sufrió los ataques y a consecuencia de las cuales padece graves daños psicológicos. En diversas ocasiones, el condenado cometió felaciones y tocamientos a la menor mientras se masturbaba, entre otras.

En la sentencia se consideraba la comisión de un delito de agresión sexual continuada a menor de 16 años, penado en la anterior ley con entre 8 y 12 años de cárcel, por cuanto tras la reforma este delito pasa de 6 a 12. La defensa arguía en el recurso la existencia de consentimiento para pasar del tipo más grave a tipos más beneficiosos para el condenado. Pero en el auto se explica que en la nueva ley, el “prevalimiento por superioridad“, figura penal que se utiliza cuando hay relaciones impropias entre un menor y un adulto, se considera en cualquier caso una circunstancia agravante que implicaría pasar a una tipología delictiva más grave, con penas de hasta 15 años, por lo que en por el principio jurídico de aplicar la pena más beneficiosa para el reo cuando hay cambios normativos, la condena se queda como está, 12 años.


Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

Share This Post On

1 Comment

  1. Como se lo pasan jugando a ser ministras,(la ministra de Justicia sin datos de jurisprudencia, a que se dedica, que hace) que pregunten a familiares, de las agresiones sexuales perpetradas por esos “angelitos”, que opinan de la reducción de penas y algunos puestos en libertad. Todo por la soberbia(Manuela Carmena dixit) de una pseudoministra, que no sabe donde tiene la mano derecha.
    Pero tranquilas, tranquilos y tranquiles, el día 8 de marzo se acerca, otra “fiestuqui” chupi lerendi y a segur tirando dinero a espuertas en chiringuitos supuestamente feministas a tuti ple y fotón para la posteridad, Sra. del presi incluida, faltaría plus. A seguir disfrutando aquí no dimite nadie ni pasa nada.Salud

    Post a Reply

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *