free web stats

Condenado a 30 meses de cárcel y a pagar 250.000€ por la explosión de la calle Coca en 2016

La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a J.C. A. E. a dos años y seis meses de prisión por dos delitos de homicidio por imprudencia temeraria, estragos y delitos de lesiones como responsable de dos muertes, decenas de heridos y cuantiosos daños materiales ocasionados por una explosión de gas en la calle Coca de Segovia capital acaecida en 2016. El juez considera probado que el condenado provocó un escape de gas con la intención de suicidarse, escape que terminó con una gran deflagración. Asimismo se le condena al pago de más de 250.000€ en concepto de indemnización por daños y lesiones, en las que se incluyen 60.000€ por cada uno de los 2 fallecidos de avanzada edad habidos en el siniestro.

Se da la circunstancia de que en 2019 se decretó la insolvencia del condenado, por lo que difícilmente se cobrarán las indemnizaciones y serán los afectados los que, finalmente, corran con los desperfectos ocasionados. En la misma sentencia, el juez desestima la petición de algunas acusaciones particulares para que Maphre, en tanto que aseguradora del edificio, se responsabilizara civilmente de los diversos daños causados.

Del relato de los hechos se desprende que el acusado, residente en el 1ª B del número 5, desmontó una bombona de gas butano, se la llevó al dormitorio donde se acostó dejando la espita abierta con la intención de acabar con su vida. En la manipulación de la bombona, pero sin ser consciente de ello, dejó también abierto el gas de otra bombona en la cocina. El gas se expandió por todo el piso y más allá del dormitorio. Sin embargo, J.C.A.E. no falleció, al rato se despertó y desistió de su intención. Se dispuso entonces a ir al baño, ignorando que toda la casa estaba anegada de gas. Bien sea por encender una luz o prender un cigarrillo (extremo que no quedó claro), finalmente se produjo la fatal explosión, salvándose el acusado por estar junto al punto de ignición y fuera de la onda expansiva. Colapso el suelo bajo sus pies cayendo el acusado a la planta baja, en los garajes del inmueble, con graves heridas y quemaduras.

El juez concluye que el condenado en ningún momento quiso generar la explosión, por lo que actuó sin dolo. Esto aunado a la eximente parcial de tener las capacidades volitivas afectadas rebaja sustancialmente la gravedad de los cargos. Asumiendo las pruebas forentes, la sentencia estima que J.C.A.E. arrastraba un largo historial de depresión que le había llevado a intentar el suicidio en otras dos ocasiones. Tampoco lo consiguió en este tercer intento en 2016, si bien la explosión le dejó quemaduras de tercer grado en el 55% del cuerpo.


Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

Share This Post On

3 Comments

  1. Pues eso, lo dicho: ¡a cascarla! Los afectados

    Post a Reply
  2. El pobre lleva tres intentos y nada, en un descuido se lleva a dos.
    DESOLADOR.

    Post a Reply
  3. Muy poca condena me parece para 2 muertos, varios heridos y un destrozo enorme. Para el juez parece casi tan grave como llevar un kilo de droga o algo asi. Cuando salga a ver a cuantos se vuelve a llevar por delante en su cuarto intento.

    Post a Reply

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *