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El TSJ no impedirá la constitución de la Diputación

La constitución de la nueva Corporación provincial se celebrará el próximo lunes con la distribución de diputados que proclamó la Junta Electoral de Zona —PP, 13 diputados; PSOE, 10 y Cs, 2— después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) haya decidido que no aplicará medidas cautelares que impidan la sesión pese al recurso presentado por IU, que reclama un diputado. De este modo, la cámara provincial se constituirá este 22 de julio y en ella se nombrará un presidente del Grupo del PP cuyo nombre se debatirá este fin de semana por los órganos provinciales y nacionales del partido.

Los jueces han tratado de forma separada la solicitud de la adopción de medidas cautelares, que han rechazado, del propio recurso contencioso electoral, que seguirá su curso con normalidad. De este modo, puede darse la situación de que se constituya la Corporación provincial y su presidencia, el lunes, pero que un eventual fallo posterior que diera la razón a IU obligara a “reordenar” la cámara y sus Gobierno. Como se sabe, con el resultado actual, el PP gobernará en mayoría. No obstante, si el TSJ “diera” finalmente a IU un representante, el PP quedaría en minoría, con doce ediles, y cabrían pactos a derecha e izquierda para establecer el Gobierno. De hecho, el pacto regional entre PP y Cs para el Gobierno de la Junta establecía en sus cláusulas que el PP, en una eventual minoría, cediera el Gobierno provincial a Cs formando ambos partidos una coalición.

Respecto a la medida cautelar ahora rechazada, los jueces creen que IU no ha detallado en su solicitud los perjuicios que sufriría si no se aplica la suspensión cautelar y considera además que debe primar el interés público, que es el de que se constituya la cámara provincial, sobre los eventuales perjuicios que pudiera sufrir la coalición por este acto.

Interés público

En su resolución, el TSJ considera que no procede la adopción de medida cautelar alguna “puesto que no se alega que pueda causar un concreto perjuicio a la parte [IU] y por cuanto que el interés público de la ejecución del acto administrativo se impone en este concreto supuesto al interés de la parte”.

Además, se hace referencia a un antecedente previo, de 2007, en el que ya se siguió este criterio en un caso idéntico en el que se presentó un recurso contencioso administrativo contra la constitución de una diputación y se invoca además el artículo 205.1 de la Ley Electoral en el que se refiere el proceso de asignación de diputados inmediatamente después de la constitución de los ayuntamientos y se señala que “la constitución de los ayuntamientos deberá aplazarse hasta que se hayan resuelto todos los recursos contencioso-electorales contra la proclamación de concejales electos en los municipios de la provincia”, si bien, el texto redactado por los jueces continúa apuntando que “ya se ha retrasado la constitución de la Diputación hasta que se han resuelto todos los recursos contra la proclamación de concejales electos y la propia ley establece precisamente la solución contraria a la suspensión”.

“No existe absolutamente ningún otro interés distinto del que se constituya la Diputación que deba considerarse preferente, o al menos no se ha alegado este interés”, concluyen los fundamentos de derecho antes de reiterar que “no procede adoptar la medida cautelar con carácter urgente y preferente de este procedimiento electoral”.

La Sala concede un plazo de dos días para el trámite de audiencia a las partes contra esta resolución.

 

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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1 Comment

  1. Vale pero si luego los jueces ven que el Diputado de IU es legal y entra en la Diputación, qué pasaría ????? Que injusticias hay en la justicia de hoy en día. Qué país.

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