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El transporte, a la espera de clarificar cómo reclamar el céntimo sanitario

La sentencia del Tribunal Superior de la UE declarando que el cobro del denominado céntimo sanitario que la administración aplicó a los hidrocarburos entre 2002 y 2012 no se ajusta a las normas europeas abrió a los transportistas —más difícil lo tienen los particulares, que difícilmente podrán justificar estos pagos— la expectativa de poder recuperar ese dinero, aunque lo cierto es que aún no saben cómo hacerlo.

Las incertidumbres son muchas: la administración aún no ha dicho si establecerá un sistema de reclamación por vía administrativa con el que resolver esta situación o bien “forzará” que todo aquel que quiera reclamar se vea obligado a acudir a los tribunales, una opción que, aunque acabaría con toda seguridad dando la razón al reclamante, alargaría enormemente los plazos.

En función de esto, aquellos transportistas o empresas que ya iniciaron por su cuenta procesos judiciales contra el impuesto —existe al menos un caso en Segovia— sabrán también si han de mantener esa vía o cerrarla para acudir a un eventual cauce administrativo.

El director de la Agrupación Segoviana de Empresarios de Transporte (Asetra), con 420 socios, Fernando García, incide en la necesidad de “dejar que se pose el polvo y se aclare cómo se va a hacer este proceso” y por tanto, ha recomendado a los socios “esperar a que la Agencia Tributaria resuelva en los próximos días si aceptará en vía administrativa las solicitudes de devolución, en qué condiciones y respecto a qué periodo, antes de adoptar una decisión al respecto”

García cree que a lo largo de esta misma semana pueden darse pasos suficientes para aclarar los principales interrogantes y explicar a los socios de Asetra “las opciones más adecuadas”.

Sin cálculos

El director de la Agrupación eludió aventurar la cuantía que podrían alcanzar las reclamaciones de los transportistas y empresas segovianas e incluso ironizó sobre los cálculos que se han hecho para el conjunto del país por entender que son demasiado simples por no tener en cuenta la existencia de distintas variables.

Así, los periodos que se podrían reclamar varían según el concepto de la reclamación (desde 2002 si se trata de daño patrimonial, pero sólo los últimos cuatro años si es por ingresos indebidos). Además, 2013 no sería imputable, puesto que entonces se cambió el concepto del impuesto y técnicamente no se cobró el céntimo sanitario.

Del mismo modo, en los próximos días se espera poder clarificar cómo reparten las administraciones central y autonómicas las responsabilidades sobre el cobro indebido del impuesto y, por tanto, de sus devoluciones y la fórmula en la que se harán.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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