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El Real Sitio multará con hasta 3.000€ los actos vandálicos

El pleno del Real Sitio de San Ildefonso aprobó el 8 de febrero el reglamento de Convivencia Ciudadana, una demanda promovida por el PP y consensuada con el equipo muncipal socialista,  que persigue “el buen uso de los espacios públicos, adoptando un régimen sancionador y disciplinario apropiado y garantizando el cumplimiento de las directrices fijadas en el planeamiento urbanístico, la prestación de los servicios públicos y el uso de los bienes de dominio público”. En otras palabras “armar” al consistorio en la prevención y castigo del vandalismo. El documento establece un régimen de sanciones que va de los 100 a los 300€, en caso de infracciones leves; hasta 1.500€ las graves, y entre 100 y 300€ las leves.

El reglamente es de aplicación en todos los espacios públicos de La Granja y Valsaín, así como dependencias municipales. Una de las cosas que más preocupan, las pintadas, serán objeto de multa de 300 a 1.500€ y obligación de restituir el bien dañado al causante.  Otra preocupación, los incendios de contenedores, serán considerados “faltas muy graves” con multa de hasta 3.000€.

En líneas generales hay varios bloques en el reglamento, la sanción de actos vandálicos como los ya citados es una. Otra, la gestión de los residuos, así como aspectos de aseo urbano. En este capítulo queda prohibido, salvo autorización municipal, colgar pancartas de los edificios,  así como la distribución de folletos y octavillas fuera del recinto del portal de los edificios. Ensuciar también se pagará, de 100 a 300€ por lanzar una colilla, un envoltorio, o no recoger la caca del perro.

Otro bloque importante es la regulación del ocio. El reglamento no llega a abolir el botellón pero si introduce matices susceptibles de permitir una actuación restrictiva, por ejemplo cuando la concentración de bebedores ponga en peligro la “pacífica convivencia”. El reglamento pasa ahora a alegación pública y entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sanciones muy graves (hasta 3.000€)

  1. Perturbar la convivencia ciudadana de forma que incida grave, inmediata y directamente en la tranquilidad y en el ejercicio de derechos legítimos de otras personas, en el normal desarrollo de actividades de toda clase conforme a la normativa aplicable y en la salubridad u ornato públicos, siempre que se trate de conductas no tipificadas en la legislación sobre protección de la seguridad ciudadana.
  2.  Romper, incendiar o arrancar o deteriorar grave y relevantemente equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos de los servicios públicos así como el mobiliario urbano.
  3.  Impedir u obstaculizar de forma grave y relevante el normal funcionamiento de los servicios públicos.
  4.  Romper, arrancar o realizar pintadas en la señalización pública que impidan o dificulten su visión.
  5. Incendiar contenedores de basura, escombros o desperdicios.
  6. Arrancar o talar los árboles situados en la vía pública y en los parques y jardines.
  7. Cazar y matar pájaros u otros animales.
  8. Impedir deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos por los paseos y por las aceras y calzadas de las vías públicas.
  9. Realizar actos previstos en este Reglamento que pongan en peligro grave la integridad de las personas.

Infracciones graves (hasta 1.500€)

  1.  Obstaculizar el normal funcionamiento de los servicios públicos.
  2.  Realizar pintadas sin autorización municipal en cualesquiera bienes públicos o privados.
  3.  Deteriorar los equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos de los servicios públicos así como el mobiliario urbano, incluidas las papeleras y fuentes públicas.
  4.  Causar daños en árboles, plantas y jardines públicos, que no constituya falta muy grave.
  5.  Arrojar basuras o residuos a la red de alcantarillado y a la vía pública que dificulten el tránsito o generen riesgos de insalubridad.
  6.  Maltratar animales y alimentarles en espacios públicos.
  7.  Dificultar deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos por los paseos y por las aceras y calzadas de las vías públicas.
  8.  La permanencia y concentración de personas que se encuentren consumiendo bebidas o realizando otras actividades que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana en espacios públicos propiamente tales, con independencia de la titularidad sobre los mismos, o privados de general esparcimiento

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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1 Comment

  1. 8 Impedir deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos por los paseos y por las aceras y calzadas de las vías públicas. Falta muy grave

    7 Dificultar deliberadamente el normal tránsito peatonal o de vehículos por los paseos y por las aceras y calzadas de las vías públicas Falta grave

    Me gustara ver cuando esto entre en vigor, si se va a atrever el alcalde a quitar los barriles, cajas de fruta sillas, cartelitos de helados ,etc que invaden las aceras del municipio.

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