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El Ayuntamiento indemnizará con 222.000 euros a los afectados por la casa de la Parra

El Ayuntamiento tendrá que indemnizar con un total de 222.000 euros a los afectados por la inejecución de la sentencia de derribo de la casa de la Parra por daños materiales y morales, además de los honorarios de abogados y procuradores. Así se fija en un auto dictado por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en el que también se señala que no ha lugar a ninguna indemnización para Izquierda Unida, que actuaba como parte en este proceso.

El Ayuntamiento tendrá que afrontar, en solitario, el pago de las indemnizaciones derivadas del mantenimiento en pie de la Casa de la Parra —cuyo derribo se declaró inejecutable en mayo de 2017— de acuerdo con la decisión del TSJ fechada el pasado 11 de diciembre que, si bien reduce las pretensiones iniciales de los demandantes en cuanto a los daños morales, si descarga sobre la administración local toda la responsabilidad de esos perjuicios para concretar una suma de 222.544,88 euros, más los gastos de abogados y procuradores que no se concretan en el auto.

Según se lee en el texto judicial, al que ha tenido acceso acueducto2.com, el cambio de tipología de la manzana en la que se ubica la Casa de la Parra ha repercutido en la pérdida de valor de las viviendas de las que son propietarios los particulares que ahora serán indemnizados por esos daños materiales ya que, con la presencia del edificio, dos pisos de la zona han cambiado de ser exteriores a interiores y una vivienda unifamiliar en varias alturas, ha visto obstaculizada su fachada perdiendo luces, vistas y horas de impacto directo del sol.

De este modo, la sala concreta las indemnizaciones por daños materiales atendiendo exactamente a las cantidades reclamadas por los demandantes que serán de 32.837,98 euros para cada una de las propietarias de los pisos citados y de 76.088,92 euros para el matrimonio propietario de la casa del número 3 de la calle de la Parra.

Lo que si rebajan sensiblemente los jueces es la indemnización derivada de los daños morales. En la demanda se pedía una compensación de 100.000 euros para cada uno de los ocho demandantes que firmaron el recurso (800.000 euros en total) que los jueces han rebajado a 10.000 euros para cada uno (80.000 en total) “atendiendo a unos criterios ponderados del tiempo transcurrido y de la constante actividad tendente a obtener la ejecución de la sentencia”.

IU no cobra y el Ayuntamiento paga en solitario

Por otra parte, los jueces se muestran tajantes para afirmar que “lo que no procede en ningún caso es acceder a la petición indemnizatoria solicitada por el Grupo municipalde Izquierda Unida del Ayuntamiento de Segovia”. IU pedía que se le abonasen las minutas de procuradora y abogado ya que tras ver inaplicado el fallo de la sentencia de derribo “no han visto cumplidas unas expectativas que en un principio eran del todo esperables”. Pero en el auto se subraya que la coalición compareció como parte “sin que tuviese ningún interés directo y personal en la ejecución”, lo hizo en la ejecución de sentencia “prácticamente cuando estaba totalmente resuelto el procedimiento de ejecución”. Para el TSJ “sería un total contrasentido fijar una indemnización a favor de esta parte cuando en las actuaciones en las que ha intervenido se ha dictado resolución excluyendo la imposición de costas”.

La sala no ha atendido tampoco la petición del Ayuntamiento de que el pago de esas indemnizaciones se asumiera también entre los propietarios de la Casa de la Parra y los dueños de las plazas de garaje, condenando al Ayuntamiento en solitario a que afronte los pagos. “Quien está obligado a ejecutar la sentencia [de derribo] es el Ayuntamiento, siendo el Ayuntamiento el condenado, al acordarse la anulación de la licencia y el que estaba obligado a realizar todas las actuaciones necesarias para que la propietaria del inmueble , de la obra, procediese a su derribo o, en el caso de que no lo derribase fuese el Ayuntamiento con sus medios el que derribase la obra” concluyen los jueces.

El que parece el último capítulo del culebrón de la casa de la Parra, que se remonta a 1993, vuelve a suponer un varapalo para las arcas del Ayuntamiento, pese a que, en la primavera de 2017, cuando se decretó la inejecución de la sentencia de derribo del inmueble, la alcaldesa, Clara Luquero, consideró zanjado este asunto creyendo que la ciudad se había librado de tener que abonar cualquier indemnización.

La regidora pensaba entonces en los 200.000 euros que se calculaba que costaría el derribo junto a las indemnizaciones millonarias que con toda seguridad pedirían los dueños de las viviendas tras su pérdida. No obstante, el mantenimiento de la construcción también ha causado perjuicios que se pagarán con el dinero de las arcas municipales.

Un cuarto de siglo de polémica y pleitos

Huerta de la calle de la Parra.

El asunto de la casa de la Parra se inició cuando el Ayuntamiento que en aquel momento presidía el popular Ramón Escobar concedió la licencia de construcción en un solar de huertas antes de que se publicase el Plan General de Ordenación Urbana que sí permitía levantar el edificio. Pese a que en 2012 se produjo una sentencia firme ordenando su derribo, el Ayuntamiento demoró la actuación durante años y, tras modificar la planificación urbanística en la zona, logró una sentencia que declarara inejecutable el derribo en mayo de 2017. A partir de ese texto, los propietarios afectados presentaron demanda de indemnización que ha quedado resuelta con la decisión de los pagos fijados por el TSJ con los que, ahora sí, parece que se da carpetazo definitivo a un asunto objeto de polémica y demandas judiciales que ha durado un cuarto de siglo.

Author: Redacción

Acueducto2. Noticias y actualidad de Segovia.

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5 Comments

  1. Venga, ¡más madera! Esta la pone IU 😉

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    • No, mejor a la cuenta del PP y de Ramón Escobar, que son los que se saltaron la ley, y por sentencia así está dicho, IU solo quiso que se hiciera justicia y de hecho los tribunales les dieron la razón,otra cosa es que psoe y pp hayan hecho a última hora , 20 años después modificando ordenanzas , trucos para que no se ejecute la sentencia, así va España,defendiendo los de siempre a los que cometen irregularidades urbanísticas

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  2. Hay cosas que no entiendo, si la sentencia fue favorable a derribar la casa, por mucho que luego se hagan chanchullos y se cambien ordenanzas y demás porqué tiene que ser inejecutable una sentencia que declaraba ilegal esa construcción y por supuesto había que derribar la casa.
    En este caso hay que dar las acordarse de nuestro último alcalde del PP Ramón Escobar, por hacer chanchullos con amiguetes y dejar construir donde no se debía, y por supuesto dar las gracias a IU por denunciar siempre las irregularidades entre amiguismos….es una vergüenza que una cosa que haya sido declarada ilegal por chanchullos más tarde la.legalicen

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  3. ¿Porqué se ha eliminado del artículo la referencia a Ignacio Sanz (marido de Claudia de Santos) como uno de los demandantes?

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  4. Esta ronda, también la paga el Ayuntamiento, es decir, los Contribuyentes segovianos.

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