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Desconcierto en el Supremo

La sentencia de la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo por el impuesto que se paga por las escrituras públicas de préstamos hipotecarios ante el notario ha levantado un gran revuelo, con un doble sentimiento. Uno primero de satisfacción entre los clientes ante el cambio de criterio sobre el pago del tributo de “actos jurídicos documentados”, que hasta ahora recaía en ellos y ahora lo pagarán los bancos. Y otro, después, de estupefacción, cuando al día siguiente de dictar la sentencia firme el presidente de esta sala ordenó frenar los recursos pendientes sobre esta cuestión y convocó el plenario de la sala, formado por 31 magistrados, para estudiar la oportunidad del cambio de criterio jurisprudencia ante “su gran repercusión económica y social”. Las consecuencias no se han hecho esperar. Así, se ha dejado sin efecto todos los señalamientos sobre los recursos relacionados con este impuesto, los notarios carecen de criterio legal, el mercado inmobiliario se ha paralizado y el valor bursátil de los bancos ha caído con fuerza al menos en las primeras horas. El desconcierto generado en el Supremo tiene consecuencias sociales y económicas negativas que son necesarias abordar y evitar lo antes posible.

 El desconcierto del Supremo en los tributos hipotecarios marca un antes y un después. La crítica ciudadana y de los medios de comunicación no se han hecho esperar, y con razones sobradas. El presidente de Sala podía haber sido más diligente y, dada la transcendencia del tema, haber estado encima de la cuestión; y, en su caso, haber avocado al pleno a la toma de la decisión para haber sentado jurisprudencia consistentemente. No cabe duda de la fuerte repercusión económica de la medida y de las expectativas creadas para muchas familias, que han visto en esta medida una luz de esperanza en sus economías domésticas. Hay que tener en cuenta que los afectados pueden ser del orden de 250.000 -de 1,5 millones, si se aplica con carácter retroactivo- y que una hipoteca media de 100.000 euros conlleva unos gastos en actos jurídicos documentados del orden de 2.800 euros. Otra cuestión a dilucidar es sobre la retroactividad de esta medida -prescribe a los cuatro años-. La sentencia no lo aclara y la cuestión no es baladí. De ello dependerá en un futuro la política hipotecaria de los bancos. Si esta cuestión se cierra en falso los bancos acabarán trasladando, por la vía del coste de hipotecas futuras, su sobrecoste. Algunos expertos ya los valoran en un incremento de cinco puntos los préstamos hipotecarios, lo que sin duda repercutirá en la demanda del sector inmobiliario y en el empleo del sector.

 La otra gran cuestión es la seguridad jurídica que este proceso ha puesto en entredicho. A día de hoy reina el caos. Lo que percibe la ciudadanía es la falta de un criterio consistente en los tributos hipotecarios que ofrezca certeza y seguridad en las transacciones inmobiliarias. Está tardando el presidente de la Sala de lo Contencioso cuando se ha dado un plazo de 18 días para resolver la controversia. Hay que tener en cuenta que la sentencia ya es firme. Todo indica que el plenario va a revisar el criterio de pago de los bancos, garantizándolo a partir de la fecha de la sentencia, pero no lo que no ha prescrito en los últimos cuatro años. Algo parecido a lo que ocurrió con las cláusulas suelo de las hipotecas. En ese caso el Tribunal de Justicia de la Unión Europea instó a las entidades financieras a devolver lo cobrado desde el inicio. La historia se puede repetir. Hay muchos despachos de abogados que ya se están frotando las manos, dado que ocurra lo que ocurra el pleito está servido. E incluso algunos de ellos ya han desplegado su campaña de marketing en los medios de comunicación para captar clientes.

El impuesto de actos jurídicos documentados es un tributo cedido por el Estado a las Comunidades Autónomas. La avalancha de ciudadanos reclamando la devolución de este impuesto no tardará en llegar. Un contencioso que puede alcanzar la cifra de 4.000 millones de euros y podría llegar a crear grandes tensiones financieras en las Comunidades, e incluso llegarse a producir un conflicto en la exigencia de responsabilidad ante la Hacienda estatal. El desconcierto del Supremo nos puede costar caro a todos. El perdón del presidente del Tribunal Supremo por este caso se agradece, pero no es suficiente. Es el momento de revisar y reformar su cultura de gestión y reforzar democráticamente sus instituciones.

Author: Opinion

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1 Comment

  1. Siempre, pero siempre, he manifestado mi malestar ante un Impuesto (A.J.D.) que grava la formalización de préstamos hipotecarios (calculado sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria). Parece incoherente que se tenga que pagar un impuesto por endeudarse hipotecariamente, y sobretodo, si el préstamo va destinado para la compra de la vivienda que será la residencia habitual del prestatario.

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